RECOMENDACIÓN DIRIGIDA AL SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE NEDA (A CORUÑA), PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 77 DE LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL, SOBRE El ACCESO A LA INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN MUNICIPAL.
inalizada nuestra función de supervisión sobre el acceso a la información y documentación municipal, esperamos que una vez superadas las carencias y dificultades informáticas expuestas, puedan formalizar el citado derecho de acceso.
Hecha esta observación general y en el ejercicio de las atribuciones conferidas a esta Institución por el artículo 32.1 de la Ley autonómica 6/1984, de 5 de junio, reguladora del Valedor do Pobo, se le formula al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Neda, la siguiente RECOMENDACIÓN:
Hay que garantizar el cumplimiento del derecho establecido en el artículo 77 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), respecto a la solicitud de información y acceso a la documentación municipal necesaria para el ejercicio de un cargo público representativo, recordar que el silencio administrativo es positivo (artículo 14.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades Locales (ROF), y que el ayuntamiento tiene el deber legal de facilitar el citado acceso porque es un medio esencial y adecuado para el ejercicio de las funciones públicas locales, atribuidas a los concejales, y cuya relevancia fortalece la Ley 39/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.
Le agradezco de antemano la acogida a lo manifestado en esta resolución del Valedor do Pobo, y le recuerdo la necesidad de que en el plazo de un mes (artículo 32.2) de cuenta a esta Institución de la aceptación de la recomendación formulada, de ser el caso, y de las medidas adoptadas para darle efectividad, también si es el caso.
Además, le hacemos saber que, en aplicación del principio de transparencia, a partir de la semana siguiente a la fecha en la que se dictó la presente resolución, esta se incluirá en la página web de la Institución.”
Agradeciéndole su colaboración, reciba un atento saludo.
Milagros María Otero
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